sábado, 7 de febrero de 2015

     REGISTRO NO LLAME

Ante lo molesto que resulta recibir llamadas donde con insistencia tratan de vender productos y servicios no solicitados, ahora existe la posibilidad de evitar este desagradable y muchas veces inoportuno llamado telefónico, a través del Registro No llame.

El Registro Nacional No Llame funciona en el ámbito de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales dependiente de la Subsecretaría de Coordinación y Control de Gestión Registral de la Secretaría de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia y DDHH de la Nación.

OBJETO
Este Registro persigue la finalidad de concentrar en un solo ámbito los números telefónicos de titulares o usuarios -autorizados por este-, que manifiesten su decisión de no ser contactados por las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios mediante servicios de telefonía (cualquiera sea su modalidad), tales como telefonía básica, móvil, servicios de radiocomunicación móvil celular, comunicaciones móviles, SMS por IP, voz por IP, y cualquier otro servicio similar que la tecnología permita en el futuro.

CÓMO
El trámite de inscripción y baja del Registro es gratuito y sencillo. Se efectúa por Internet o telefónicamente mediante el número 146.
Quienes publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios utilizando como medio de contacto los servicios de telefonía no podrán dirigirse a los inscriptos en el Registro Nacional No Llame. Para ello, deberán consultar cada 30 días la base de datos ON LINE de inscriptos, proporcionada por este organismo. Para acceder a la ella deberán previamente registrarse y generar un usuario y contraseña.
El titular o usuario autorizado podrá denunciar ante este organismo el incumplimiento de lo establecido en esta ley.
El organismo de control podrá aplicar las sanciones de apercibimiento, suspensión, multa de mil pesos ($ 1.000.-) a cien mil pesos ($ 100.000.-), clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos.

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